DECISIÓN
En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la demanda de Desalojo que incoara la ciudadana ANA JUDITH RUIZ SUAREZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-12.337.375, a través de su apoderada judicial Abogada LIBIA IRENE MORA MORA, inscrita en el Inpreabogado bajo la matricula N° 60.095, contra la FUNDACION CASA HOGAR LA ROSA MISTICA, debidamente inscrita por ante el Registro Principal del Estado Aragua, en fecha 19 de enero de 2007, bajo el N° 17, Protocolo Primero, Tomo 1, con modificaciones posteriores por ante la misma oficina de Registro e fecha 27 de agosto de 2013, bajo el N° 44, Folios 325 al 330, Protocolo Primero, Tomo 10.
Segund.....