este Tribunal Penal en función de Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ENYSS DOUGLAS FLORES, titular de la cedula de identidad N° V-16.765.952, Venezolano, de estado civil SOLTERO, de 33 años de edad, nacido en fecha 22-10-1985, natural de OCUMARE DE LA COSTA, ESTADO ARAGUA, profesión u oficio: OBRERO, residenciado en: BARRIO PALOMINO, CALLE EL RECREO, CASA N° 05, TUCUPITA, ESTADO DELTA AMACURO (CAPTURADO), a cumplir la pena de CUATRO AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 149 Segundo Aparte de la Ley Orgánica de Drogas, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y con.....