PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano abogado ROLANDO RODRIGUEZ, en su carácter de defensor público del ciudadano OSWARD LUÍS FELIPE PÉREZ GUÉDEZ, contra la decisión dictada en fecha 24 de Mayo de 2012, por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, mediante la cual entre otros pronunciamientos, decretó medida privativa de libertad al ciudadano OSWARD LUÍS FELIPE PÉREZ GUÉDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.897.452, de conformidad con el artículo 250 numerales 1, 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5, en concordancia con el artículo 6 numerales 1, 2 y 3° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. SEGUNDO: SE CONFIRMA la medida privativa preventiva de libertad decretada al ciudadano OSWARD LUÍS FELIPE PÉREZ GUÉDEZ, venezolano, mayor de edad, .....