DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JULIO CESAR BARROETO SOSA, titular de la cedula de identidad N° V-25.597.561, Venezolano, de estado civil Soltero, de 23 años de edad, nacido en fecha 05-07-1996, natural de Maracay, estado Aragua, profesión u oficio: obrero, y residenciado en: SECTOR MARITZA RONDON, CALLE 1, CASA NRO. 20, SAN FRANCISCO DE ASIS, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artículo 405 en relación con el artículo 406, ambos del Código Penal .....