III.- DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara la INADMISIBLE POR INEPTA ACUMULACION, el proceso de amparo constitucional interpuesto por la Sociedad Mercantil INVERSIONES QUIMICA VALENCIA, C.A. (INQUIVAL), inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 06 de abril de 1988, bajo el N° 26, Tomo 1-A, domiciliada en el Estado Carabobo, representada por el ciudadano CARLOS ERNESTO FANO CHUNGA, venezolano, mayor de edad Titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 7.552.009, en su condición de Presidente Ejecutivo, debidamente Representada por los Abogados HILDA CAPDEVILL, JUDITH OCANTO Y AUGUSTO CIPRIANI, inscritos en el Instituto Social del Abogado bajo los Nros°. 146.555, 192.445 y 141.876 respectivamente contra de los JUZGADO.....