En razón a ello, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley declara,
PRIMERO: CON LUGAR la acción de NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, celebrada en fecha 05 de Enero del año dos mil quince, registrada ante el Registro Público del Municipio San Casimiro del Estado Aragua en fecha 02 de Febrero del año 2015, bajo el N° 12, folio 68, Tomo 1, del Protocolo de Transcripción del año 2015, interpuesta por las ciudadanas MAIRA CELINA CONDE BANDE y MARLENY JOSEFINA CONDE BANDEZ, plenamente identificadas en autos, mediante sus apoderados judiciales ciudadanos abogados HENRY ALEXIS GARCÍA GIL y RAISABEL CORONADO GUZMÁN, Inpreabogados Nros. 84.590 y 196.648, respectivamente, en contra de los ciudadanos CARMEN MARIA SUAREZ TORRES, LUIS EVENCIO INOJOSA GUTIERREZ y A.....