DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se anula la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 20 de diciembre de 2004, en la cual absolvió al adolescente, ciudadano (identidad omitida, artículo 65 LOPNA), quien es venezolano, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Personal N° V-17.252.226 y con domicilio en el barrio La Pica, calle 1° de Mayo, N° 67, Palo Negro, Municipio Libertador del Estado Aragua, por el delito de violación, previsto y castigado en el artículo 375 del Código Penal, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 602, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del N.....