este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA a la SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA y ordena la remisión inmediata de la presente acción de AMPARO CONTRA SENTENCIA, incoada por los ciudadanos WG, PG, RP, FC, JM, EC, CO, JL, LB, AE, KG, NB, LS, JE, EG, AT, YP, YA, EH, SH, JC y JE, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-CCC, V-CCC, V-CCC, V-CCC, V-DDD, V-RRR, V-HHH, V-MMM, V-RRR, V-EEE, V-TTT, V-EEE, V-MMM, V-RRR, V-KKK, V-EEE, V-TTT, V-EEE, V-LLL, V-HHH, V-EEE, V-HHH, respectivamente, a la referida Sala. Líbrese Oficio.