PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ HERMES ARAUJO FRANCO, en su condición de defensor privado del ciudadano LUÍS GERARDO ROMANO GONZÁLEZ. SEGUNDO: Se declara la NULIDAD de la sentencia dictada el 19 de mayo de 2010 y publicada en fecha 06 de julio de ese mismo año, por el Tribual Sexto de Primera Instancia Penal en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al ciudadano LUÍS GERARDO ROMANO GONZÁLEZ, venezolano, natural de Barquisimeto, de 37 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 13.567.415; a cumplir la pena DOS (02) AÑOS, NUEVE (09) MESES, SEIS (06) DÍAS Y SEIS (06) horas de prisión, por los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el 411 del Código Penal vigente para la época y LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el articulo 422 numeral 1 del Código Penal vigente para la época. TERCERO: Se ordena remitir la presente causa a la Oficina del Alguacilazgo de este Circui.....