PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación incoado por el abogado ADALBERTO LEON, en su condición de Defensa Pública del ciudadano: CARLOS JAVIER CARRERO CUBIERA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 20-03-2019, en la causa signada bajo el Nº 4C-29.799-19, mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado decretó en contra del imputado CARLOS JAVIER CARRERO CUBIERA, la MEDIDA PRIVATIVA PREVENTIVA JUDICIAL DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238, del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previstos y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, USO DE FACSIMIL, previstos y sancionado en el artículo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones y USURPACIÓN DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 44 de la Ley especial de Iden.....