DISPOSITIVA
Con base a las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada CAROLINA RUGGIANTONI PADRON, en su carácter de representante legal de la empresa"CLARIANT VENEZUELA S.A." (denominada anteriormente como "HOESCHST DE VENEZUELA S.A."), en contra de la decisión dictada por el Juzgado Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha 14 de enero de 2003, en consecuencia, se REVOCA la misma. SEGUNDO: Por cuanto, ante el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua se encuentra la solicitud de sobreseimiento solicitada por el Ministerio Público relacionada con los hechos que nos ocupan, se acuerda remitir las presentes actuaciones al mencionado Juzgado, .....