Tal como fue planteada la presente Acción de Amparo, donde se solicita por esta vía, que se les incluyan como miembros de la Selección de Patinaje para así participar en los Vigésimos Juegos Centro Americanos del Caribe, en Cartagena de Indias, Colombia, lo cual constituiría la creación de derechos, lo que escapa de la intuición del amparo por exceder a la naturaleza restablecedora del mismo, por lo que la presente Acción de Amparo resulta Inadmisible, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 6,5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por no ser la vía idónea, en virtud de que no basta las presuntas violaciones de derechos y garantías constitucionales, pues tal como ha sido planteada, los accionantes poseen el recurso ordinario como es, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, previsto en la Ley del Tribunal Supremo de Justicia, por cuanto siendo todos los jueces de la republica tutores de los derechos y garantías constitucionales .....