En base a los razonamientos antes hechos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano MELLADO RAMIREZ ALFONSO JOSE, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.136.298, domiciliado en la Carretera Nacional, Casa Nro. 4, San Mateo, Estado Aragua; de conformidad con lo pautado en el 4° Cuarto del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena oficiar a la Oficina de Alguacilazgo, a los fines de ordenar el cese de las presentaciones del imputado ante ésa Oficina.-
Diarícese. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. EMPERATRIZ DEL PILAR DIAZ
LA SECRETARIA,
ABG. MIGDALIA SIRA ALVAREZ.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-
LA SECRETARIA,
CAUSA N° 6C-14.902/08