DECISION
Ejecútese el fallo definitivamente firme dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en fecha: 01-08-2008, mediante el cual condenó al penado: HUGO SALVADOR ROSSELL HAMDAM, titular de la cédula de identidad Nº V-16.128.103, y residenciado en AVENIDA FUERZAS AEREAS, RESIDENCIAS LOS CHAGUARAMOS, EDF. SAN FRANCISCO, PISO 1, APTO 15-A, MARACAY, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia en concordancia con el Artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, niña y adolescente, más las accesorias legales establecidas en el artículo 16 Código Penal.
Se procede a realizar el cómputo de la pena, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 479, 480, 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
En cuan.....