Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos MARLON THOMAS RAMON RODRIGUEZ y ODALITT JOSE GARCIA FIERRO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.334.512 y 12.339.551, respectivamente, el día 19 de julio de 1994, por ante la Prefectura Joaquín Crespo del Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua, según Acta de Matrimonio signada con el N° 606, Tomo 03.
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