SEGUNDO: Por cuanto están llenas las exigencias del Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, éste Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos: ALEXIS RAFAEL RAMOS SERRADA y DEYISMINA ROSA LEÓN HIDALGO ya identificados; en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante la Prefectura Crespo del estado Aragua, desde el once (11) de agosto de 1995, la cual corre inserta bajo el Nº 480, Tomo 03, año 1995, de los Libros llevados en esa Oficina y que riela en copia certificada al folio cinco (5) y Vto., del expediente.-
Publíquese, Regístrese y Déjese copia del presente fallo.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agr.....