Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho intentado por la ciudadana MARIA DE LOURDES GONZALEZ DE UGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.729.031, asistida por el Abg. LUIS RAFAEL SALAS ROJAS, Inpreabogado N° 126.227, contra el auto dictado en fecha 18 de Marzo de 2008, por la Jueza del Juzgado de los Municipios Sucre y Lamas de Estado Aragua, mediante el cual niega la apelación ejercida en fecha 11 de Marzo de 2008, contra el auto de admisión de la reconvención propuesta por la parte demandada. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. TERCERO: Se ordena remitir al tribunal a-quo copias certificadas de las presentes actu.....