Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la defensa perentoria de fondo, consistente en la falta de cualidad e interés del Demandado, ciudadano CARLOS ALFONSO ALCAIDE LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.428.933, para sostener la presente Causa. SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior INADMISIBLE la demanda interpuesta por la ciudadana AMARILIS BEATRIZ TOVAR RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.761.885, contra el ciudadano CARLOS ALFONSO ALCAIDE LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.428.933. TERCERO: En virtud de la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.-