este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia, emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: LA INCOMPETENCIA para conocer el presente RECURSO DE HECHO, presentado por el ciudadano GEORGE DOUMAT AKHRAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.201.265, contra el auto de fecha 08 de Noviembre de 2011, dictado por el Juzgado de los Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en consecuencia SE ORDENA: DECLINAR LA COMPETENCIA, al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay. Remítase en original el Expediente N°11-16348, (nomenclatura interna de este Juzgado), en su oportunidad legal correspondiente. Cúmplase.-