En consecuencia, tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara. PRIMERO: la EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, solicitada por la ciudadana NILSA MARIA MORA, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.902.055, en la Solicitud de Pensión de Alimentos, contra el ciudadano JOSE ALEJANDRO CORONA de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.598.849, en beneficio de su hijo EDINSON ALEJANDRO CORONA MORA. Consistente en la retención del 30 % sobre las utilidades, el 25 % del Salario mensual y el 50% sobre la Prestaciones sociales.- SEGUNDO: Se deja sin efecto la retención del 30 % sobre las utilidades, EL 25 % del salario mensual y el 50% sobre las prestacio.....