Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal vista la norma antes transcrita y acogiéndose a la misma, le imparte su HOMOLOGACIÓN al desistimiento formulado por el apoderado judicial de la parte actora, en el Juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado la ciudadana AUXILIA FAJARDA DE SILVA contra el ciudadano FLORENCIO RAMON ROJAS, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y así se decide.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DEL ESTADO ARAGUA, en Maracay, a los cinco (05) días del mes de Diciembre de dos mil ocho. Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
La Juez.,
Abog. Mary Fernández Paredes.
La Secretaria.,
Abog. Nohelia Ramírez.
En la misma fecha, siendo las 1:00 pm, se publicó.....