DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO SANTIAGO MARIÑO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA , administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: ------------------------------------------------------------------------
PRIMERO: LA CONFESION FICTA de la parte demandada, CONDIMENTOS Y MANICERIA SAN JORGE, C.A., Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha diecinueve(19) de Octubre del año dos mil dieciséis (2016), bajo el N°49, Tomo 191- A, Expediente N° 283-35226, domiciliada en Calle Ribas, Local N°31, sector Centro de Turmero, de conformidad con jurisprudencia reiterada y artículos 868 en concordancia con el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil. -----------------------------------------------------.....