Así las cosas, observa este Juzgador de una revisión minuciosa a la presente demanda, se constata que la última actuación realizada por la parte interesada ocurrió en fecha 27 de enero de 2023, y desde esa fecha hasta hoy, transcurrió más de Un (1) Año sin que las partes se interesen en impulsar su petición.
En este sentido, la Sala Política-Administrativa, del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nro. 00455, de fecha 07 de Abril de 2011, expediente N° 2006-0990, con Ponencia de la Magistrada DRA. Trina Omaira Zurita, dejo sentado lo siguiente:
¨Un segundo aspecto al que debe aludirse, es el relativo a la pérdida de interés procesal, en torno al cual la sala constitucional de este máximo Tribunal, en decisión N°416 del 28 de abril de 2009 (caso: Carlos Vessio y otros), dejo sentado lo siguiente:
"el derecho de acceso a los órganos de administración de justicia, previsto en el artículo 26 de la Constitución se ejerce mediante la acción cuyo ejercicio se concreta en la propos.....