D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Sucre y José Ángel Lamas De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos ANGEL YGNACIO SPAGNOLO ORTEGA y YASMINA ENRIQUETA AGUIRRE SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 8.731.416 y V- 4.405.560, respectivamente, asistidos por la Abogada en ejercicio ZORAIDA LANDAETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 166.670. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura del Distrito Sucre del Estado Aragua, en fecha 29 de noviembre de 1.984, quedando registrado bajo el Nº 386, folio 386, tomo 02, de los Libros de Registro de Matrimonios correspo.....