PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL presentando en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de esta sede judicial el 26 de Marzo de 2012, por el ciudadano RAMON MENDOZA, mayor de edad, venezolano, cédula de identidad No. V- 10.036.089, de este domicilio, parte actora, y su Apoderado Judicial abogada BETTY TORRES, Inpreabogado N° 13.047; así como también por el abogado HECTOR PANTOJA, Inpreabogado Nº 80.222, Apoderado Judicial de la parte accionada KIMBERLY CLARK VENEZUELA, C.A. Institución universitaria creada según Decreto N° 2.176 publicado en la Gaceta Oficial N° 32.777, de fecha 28 de Julio de 1983, por un monto de BOLIVARES FUERTES VEINTE MIL QUINIENTOS CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 20.500,00). SEGUNDO: Se otorga el carácter de Cosa Juzgada, conforme al artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en concordancia con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se ordena el cierre y archivo del expediente. Así se decide.