El padre, ciudadano BERNARDO FERNÁNDEZ PEDREIRA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-2.986.387, aportará por concepto de Obligación de Manutención, a favor de su hija, la suma mensual de CUATROCIENTOS BOLÍVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 400,00), pagaderos los diez (10) primeros días de cada mes. Igualmente, el ciudadano BERNARDO FERNÁNDEZ PEDREIRA, aportará para los meses de septiembre y diciembre de cada año, además de la cuota ordinaria de Bs. F. 400,00, la suma de QUINIENTOS BOLÍVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 500,00), a los fines de contribuir con los gastos escolares y decembrinos de su hija, es decir, que para los meses de agosto y diciembre de cada año, depositará la suma total de NOVECIENTOS BOLÍVARES FUERTES EXACTOS (Bs. F. 900,00). Asimismo, el padre se compromete a pagar el cincuenta por ciento (50%) de los gastos extraordinarios que genere su hija. Dichos montos serán depositados en la cuenta corriente de Banesco N° 013407835978.....