II.- DISPOSITIVO
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer la presente apelación interpuesta por los ciudadanos MIGUEL ANTONIO BEYLOUNE CHAYEB, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.182.189, y el abogado en ejercicio HECTOR OLIVO HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 23.060, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana KARLA OLIVO HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.487.467, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha 17 de noviembre de 2004, que declaró la Perención de la Instancia.
SEGUNDO: Se.....