Por las razones que anteceden este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Conversión del Divorcio de la Separación de Cuerpos dictada en fecha 11 de Enero de 2010 de los ciudadanos RICARDO ANTONIO LÓPEZ MUÑOZ y NORLIMAR CAROLINA GONZÁLEZ TORREALBA, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad N° V-16.153.593 y V-16.044.180 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 765 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Leonardo Infante, Valle de la Pascua del Estado Guárico, en fecha 25 de Agosto de 2006, conforme se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio N° 183, de fecha 25 de A.....