II.- DISPOSITIVO
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA de éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para conocer de la apelación interpuesta por la Abogada MARIA RIOS ORAMAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 19.821, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada ciudadana FRANCA NELLY SILVA APONTE, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-4.429.140, contra la decisión dictada en fecha 09 de julio de 2009, en el juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO, dictada por el Juzgado de los Municipios Sucre y Lamas de la Circunscripción Judicial d.....