En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la TRANSACCIÓN celebrada entre, abogado ANIBAL JOSÈ MONTENEGRO DÌAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 11.312.771, inpreabogado nro. 74.657, apoderado judicial de la parte demandante BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, y la parte demandada DISTRIBUIDORA YUMAR, C.A., (YUMARCA), representada por su Administrador CARLOS JOSÈ GUZMÀN BAEZA, y en su condición de Garante Hipotecario, MARITZA JOSEFINA CABELLO DE GUZMÀN, como cónyuge del Garante hipotecario, suficientemente identificados en el encabezamiento de esta decisión; en razón a que existen en los firmantes facultades inequívocas que satisfacen los extremos legalmente exigidos para tales efectos. C.....