En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, y del análisis de todas las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTAS DENACIMIENTO, junto con sus recaudos anexos, presentado por el ciudadano: RIVAS COLMENARES JESUS ENRIQUE venezolano, soltero, no cedulado. En consecuencia, queda rectificada el acta de Nacimiento de la siguiente manera: que le urge Rectificación del Acta de Nacimiento la cual correinserta en los libros del Registro Civil de Villa de Cura, Municipio Zamoradel Estado Aragua:Acta Nro. 667, tomo III, Folio: 667 año 2004, Marcada con la letra "A", ya que, en la misma,se observa que en la mencio.....