En consecuencia de lo anteriormente establecido, este TRIBUNAL TERCERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BARBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, de conformidad con los artículos 206, 340 (2°) y 341 del Código de Procedimiento Civil y la Resolución de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia N° 2023-0001 de fecha 24 de Mayo de 2023, intentada por la ciudadana MILAGRO DE LOS ÁNGELES MENDOZA OLIVEROS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.517.995, a través de su Apoderado, ciudadano NÉSTOR FELIPE MÁRQUEZ DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.167.604, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 220.855, en contra del ciudadano RHENCY KAREN HERRERA, venezolano, mayor de e.....