IV
DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho antes señaladas, este Tribunal Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho ejercido por la abogada María Cristina Flores, Inpreabogado nro. 215.742, actuando en su condición de defensora ad litem de las ciudadanas MIRIAN MARÍA CHIRINOS DE PÉREZ, GLORIA MAGDALENA CHIRINOS MUJICA y APOLINAR CHIRINOS MUJICA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad nros. V-10.457.681, V-8.730.174 y V-9.439.409 respectivamente, en contra del auto de fecha 8 de marzo de 2024 proferido por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en el que negó oír el recurso de apelación ejercido por la mencionada defensora judic.....