Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA "DESTACAMENTO DE TRABAJO", otorgada al Penado OSCAR JOSÉ BASTARDO BRAVO, quien es Venezolano, de 42 años de edad, obrero, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.296.430, de estado civil soltero, residenciado en: La Carrera 02, Casa N° 02, Sector Los Pinos, Maturín, Estado Monagas; en virtud de no haberse adaptado al régimen establecido, por cuanto no acato las condiciones establecidas y aceptadas por él al momento de imponerse del beneficio otorgado e incurrir en Falta Gravísima como lo es la Evasión, todo de conformidad con el Artículo 511 de nuestra norma adjetiva penal.