Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Divorcio Ordinario, fundada en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por el ciudadano: ANGEL JESUS NOROÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.666.732, contra la ciudadana AOGUSROXY ANDREINA BRICEÑO BORJA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.491.637, en consecuencia, se Declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Alcaldía del Municipio Sucre del Estado Aragua, en fecha 27 de Diciembre de 2004, que el día 13 de Diciembre de 2007 de los Libros de Registro Civil respectivos. SEGUNDO: Por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con.....