IV
DECISIÓN
Por las razones que antecede, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda por RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, intentada por La Ciudadana CARMEN JUANA BLANCO, en contra de los ciudadanos ROSAURA, CARMEN ELENA, JOSÉ, CARMEN MARÍA, PEDRO, JESÚS y LAURA GARCÍA BLANCO, todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: LA HOMOLOGACIÓN del convenimiento de los ciudadanos ROSAURA, CARMEN ELENA, JOSÉ, CARMEN MARÍA, PEDRO, JESÚS y LAURA GARCÍA BLANCO, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: La existencia de la relación Concubinaria entre la Ciudadana CARMEN JUANA BLANCO y el Ciudadano ANDRÉS GARCÍA SALAZAR y que ésta perduró hasta la muerte del ciudadano ANDRÉS GARCÍA SALAZAR, en fecha en fecha .....