Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede civil, y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda que por REINTEGRO tiene intentada la empresa INVERSIONES ADRIAN`S C.A., Sociedad de Comercio inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el Nº 09, Tomo 60-A de fecha 11 de octubre de 2004, contra la ciudadana MERCEDES ELENA RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.576.041, de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión. Notifíquese a las partes de la presente decisión.-