este Tribunal Penal en función de Control Cuarto del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos PRIMERO: Se decreta la detención como FLAGRANTE; SEGUNDO: Se acuerda la aplicación del procedimiento ORDINARIO. TERCERO: Se Admite la precalificación presentada por el (la) Fiscal del Ministerio Público, al imputado JAVIER ELOY GONZALEZ LIENDO, Titular de la cedula de identidad N° V-18.739.249, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 24/05/1986, soltero, residenciado en CALLE ANDRES BELLO, EDIFICIO CENTRAL , PISO 3, APARTAMENTO D, LA VICTORIA . ESTADO ARAGUA., por el delito de TRÁFICO DE SUTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas. CUARTO: Se decreta la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el Art. 242.....