Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: la Ejecución o Computo de la Pena del penado Sequera Barreto Nelson Ramón, quien es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de Valencia Estado Carabobo, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, nacido el 16-11-1.974, de 34 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.424.325, hijo de Nelson Sequera (v) y Francis Barreto (v), residenciado en el Barrio Libertador calle Autopista, casa s/n, Santa Rosa, Maracay Estado Aragua, restándole por cumplir de su pena principal Veintiséis (26) Días, los cuales cumplirá el día Sábado Catorce (14) de Febrero de 2.009, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482 todos del Código Orgánico Procesal Penal, debiéndose ejecutar el fallo en los términos expuestos.
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