DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN propuesto por la parte actora JOSE AMADEO SIMONPIETRI LUONGO, Venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la Cédula de Identidad No V- 236.860, domiciliado en la población de Caripe, Municipio Caripe del Estado Monagas, representado por el abogado LUIS RAMON GONZALEZ RIVAS, abogado en ejercicio, domiciliada en la Población de Sabana de Piedra, Municipio Caripe del Estado Monagas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 27.444, contra la sentencia definitiva dictada el 24 de Noviembre de 2004, por el Juzgado del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En consecuencia, SE DECLARA: SIN LUGAR LA DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICI.....