Por las razones anteriormente expuesta, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, del Código Civil Venezolano, presentado por los ciudadanos LIONEL DAVID APARICIO ALONZO y VALERY ANDREA VILLA ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.829.266 y V- 16.922.077, respectivamente. En consecuencia se DECLARA DISUELTO el vinculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Santos Michelena, Las Tejerías del Estado Aragua, el día 16 de Diciembre de 2006, según se evidencia en copia certificada del acta de matrimonio, signada con el Nº 027, del año 2006, que corre inserta folios tres (03) y cuatro (04), del presente expediente.