Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, y en consecuencia, ordena al Director del Registro Civil del Municipio José Felix Rivas del Estado Aragua, y al Registrador Principal del mismo Estado, hacer la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento de la ciudadana ADRIANA RIZZO ÁLVAREZ, ya identificada, llevada en el año 1.971, tomo 1, y bajo el Nº 423, a fin de que escriban correctamente el primer nombre del padre de la referida ciudadana, así donde esta asentado como: "RICALDO", debe asentarse como: "RICCARDO", igualmente, donde está asentado el lugar de nacimiento del mencionado padre como: "SICILIA-ITALIA" debe asentarse como: COMUNE DI S. ALESSIO SICULO, PROVINCIA DI MESSINA, SICILIA ITALIA". Ex.....