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Decisiones del dia 16/02/2006

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 6 7 Sig [Total de sentencias: 67] Página 6 de 7
N° Expediente : 2228-05 N° Sentencia : 04 Fecha: 16/02/2006
Procedimiento:
Desalojo Arrendaticio
Partes:
YUMEY YENIFE IGLESIA RIVAS Y RAUL GONZALEZ
Resumen:
D E C I S I O N Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por la ciudadana YUMELY YENIFER IGLESIA RIVAS, contra el ciudadano RAUL GONZALEZ, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia PRIMERO: Queda resuelto el contrato verbal celebrado entre las partes en fecha 01 de mayo del 2004, SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada hacer la entrega material del inmueble objeto del litigio totalmente desocupado libre de personas y bienes, puesto que al demandado no le asiste el derecho de prorroga legal establecido en el articulo 38 de la ley de Arrendamiento Inmobiliarios por encontrarse insolvente en el pago de los cánones de arrendamiento.- No hay condenación en costas debido a la gratuidad de la justicia Publíquese, regístrese y déjese copia Dada sel.....
Juez/Ponente:
Gladys Guadalupe Giron Diaz
Organo:
Municipio Santiago Mariño
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N° Expediente : 4C-SOL-261-05 N° Sentencia : Fecha: 16/02/2006
Procedimiento:
Inexistente
Partes:
ELNIS PIÑERO ACOSTA
Resumen:
Consta de escrito de solicitud que el Ciudadano ELNIS PIÑERO ACOSTA requiere la entrega del vehículo Clase Automóvil , Marca DAEWOO, modelo CIELO, Color BLANCO, Tipo SEDAN , Serial Carrocería KLATF19Y11B277533 , Placas: CL225T, Uso : PARTICULAR Año 2001 Serial Motor : G15MF001675B , es el caso que dentro del lapso probatoria que se aperturara en razón del articulo 607 del Código de Procedimiento Civil , se observa que fue presentado por parte del solicitante documentos presuntamente originales del vehículo, no verificándose en el contenido de la causa que se le realizara experticia alguna y siendo necesario determinar si efectivamente son auténticos o no a fin de emitir el pronunciamiento respectivo , y observando que el Poder presuntamente otorgado por el ciudadano CLAUDIO JOSE VIVAS SORDI difiere en la firma de la que consta en los documentos que acredita el solicitante como originales , es que este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Ju.....
Juez/Ponente:
Carmen Cecilia Cortez Rivero
Organo:
Tribunal Cuarto de Control
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N° Expediente : 1E-550-06 N° Sentencia : Fecha: 16/02/2006
Procedimiento:
Ejecucion De Sentencia
Partes:
BRAVOCARMEN MARIA
Resumen:
En atención a lo pautado en el artículo 479 en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal procede a efectuar el cómputo de dicha pena. Ahora bien, consta en autos que la penada fue detenida en fecha 09-10-2005, hasta el día 02-12-2005, estando detenido en esa oportunidad UN (01) MES Y VEINTITRÉS (23) DÍAS, faltándole por cumplir de su pena impuesta DIEZ (10) MESES y SIETE (07) DÍAS. El presente cómputo es siempre reformable, aun de oficio, cuando se compruebe un error o nuevas circunstancias lo hagan necesario. Líbrese boletas de citación a los fines de que se de por enterado de esta ejecución. Remítase copia de este cómputo con oficio al Jefe de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales, al Director de Custodia y Rehabilitación del Recluso, a la División de Antecedentes Penales, Ministerio del Interior y Justicia, Caracas. En cuanto al beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, se evidencia que nos encontramos en pr.....
Juez/Ponente:
José Luis Fernández
Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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N° Expediente : 403-2006 N° Sentencia : Fecha: 16/02/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
ANDRES RAMON MATOS ROSALES Y SULEIMA DEL CARMEN PIÑERO SANCHEZ
Resumen:
ahora bien claramente se evidencia de dicha Letra de Cambio que tiene como fecha de vencimiento 06 de agosto año 2002, y que si tomamos en cuenta que desde la fecha de vencimiento, hasta la fecha en que se admitió la presente Demanda: 17 de Enero de 2006, han transcurrido Tres (3) años, Seis (06) Meses y Once (11) días, tiempo suficiente para que sea Declarado PRESCRITO dicho Instrumento, de conformidad con el Artículo 479 del Código de Comercio Vigente, el cual establece: "Todas las acciones derivadas de la Letra de Cambio contra el aceptante, prescriben a los Tres años contados desde la fecha del vencimiento". Por las razones ampliamente analizadas, este Tribunal Declara PRESCRITA Dicha Letra. No habiendo lugar a la acción interpuesta por el Abogado ANDRES RAMON MATOS ROSALES, Inpreabogado N° 44.574, quedando subsanado el error involuntario cometido al admitir la presente Demanda. ASÍ SE DECLARA. Hágase lo conducente.
Juez/Ponente:
Marlene Hernandez
Organo:
Municipio San Casimiro
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N° Expediente : 405-2006 N° Sentencia : Fecha: 16/02/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
ANDRES RAMON MATOS ROSALES Y LIGIA MERCEDES MEDINA ZAPATA
Resumen:
ahora bien claramente se evidencia de dicha Letra de Cambio que tiene como fecha de vencimiento 01 de Enero año 2003, y que si tomamos en cuenta que desde la fecha de vencimiento hasta la fecha en que se admitió la presente Demanda: 17 de Enero de 2006, han transcurrido Tres (3) años, y Dieciséis (16) días, tiempo suficiente para que sea Declarado PRESCRITO dicho Instrumento, de conformidad con el Artículo 479 del Código de Comercio Vigente, el cual establece: "Todas las acciones derivadas de la Letra de Cambio contra el aceptante, prescriben a los Tres años contados desde la fecha del vencimiento". Por las razones ampliamente analizadas, este Tribunal Declara PRESCRITA Dicha Letra. No habiendo lugar a la acción interpuesta por el Abogado ANDRES RAMON MATOS ROSALES, Inpreabogado N° 44.574, quedando subsanado el error involuntario cometido al admitir la presente Demanda. ASÍ SE DECLARA. Hágase lo conducente.
Juez/Ponente:
Marlene Hernandez
Organo:
Municipio San Casimiro
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N° Expediente : 402-2006 N° Sentencia : Fecha: 16/02/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
ANDRES RAMON MATOS ROSALES Y LUIS LORENZO
Resumen:
si tomamos en cuenta que desde la fecha de vencimiento hasta la fecha en que se admitió la presente Demanda: 17 de Enero de 2006, han transcurrido Tres (3) años, Seis (06) Meses y Once (11) días, tiempo suficiente para que sea Declarado PRESCRITO dicho Instrumento, de conformidad con el Artículo 479 del Código de Comercio Vigente, el cual establece: "Todas las acciones derivadas de la Letra de Cambio contra el aceptante, prescriben a los Tres años contados desde la fecha del vencimiento". Por las razones ampliamente analizadas, este Tribunal Declara PRESCRITA Dicha Letra. No habiendo lugar a la acción interpuesta por el Abogado ANDRES RAMON MATOS ROSALES, Inpreabogado N° 44.574, quedando subsanado el error involuntario cometido al admitir la presente Demanda. ASÍ SE DECLARA. Hágase lo conducente.
Juez/Ponente:
Marlene Hernandez
Organo:
Municipio San Casimiro
arriba

N° Expediente : 399-2006 N° Sentencia : Fecha: 16/02/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
ANDRES RAMON MATOS ROSALES Y YRAIS COROMOTO CORONEL
Resumen:
que si tomamos en cuenta que desde la fecha de vencimiento hasta la fecha en que se admitió la presente Demanda: 17 de Enero de 2006, han transcurrido Tres (3) años, Seis (06) Meses y Once (11) días, tiempo suficiente para que sea Declarado PRESCRITO dicho Instrumento, de conformidad con el Artículo 479 del Código de Comercio Vigente, el cual establece: "Todas las acciones derivadas de la Letra de Cambio contra el aceptante, prescriben a los Tres años contados desde la fecha del vencimiento". Por las razones ampliamente analizadas, este Tribunal Declara PRESCRITA Dicha Letra. No habiendo lugar a la acción interpuesta por el Abogado ANDRES RAMON MATOS ROSALES, Inpreabogado N° 44.574, quedando subsanado el error involuntario cometido al admitir la presente Demanda. ASÍ SE DECLARA. Hágase lo conducente.
Juez/Ponente:
Marlene Hernandez
Organo:
Municipio San Casimiro
arriba

N° Expediente : 1u-348-05 N° Sentencia : Fecha: 16/02/2006
Procedimiento:
Revocatoria De Medida Cautelar
Partes:
FISCALIA SEGUNDA DEL MINISTERIO PUBLICO ARAGUA, ACUSADO RODOLFO FELIPE DANIEL REGINFO
Resumen:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: REVOCAR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD otorgada al acusado RODOLFO FELIPE DANIEL RENGIFO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.245.665 residenciado en Sector Guayabal , Callle 3 Casa N° 85 San Francisco Estado Aragua. SEGUNDO: LIBRAR ORDEN DE APREHENSION en contra del acusado RODOLFO FELIPE DANIEL RENGIFO, antes identificado. Notifíquese a las partes .Cúmplase.
Juez/Ponente:
Kyusmaly Peña
Organo:
Tribunal Primero de Juicio
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N° Expediente : 43339-03 N° Sentencia : Fecha: 16/02/2006
Procedimiento:
Ejecución De Hipoteca
Partes:
BANCO MERCANTIL C.A. BANCO UNIVERSAL CONTRA LOS CIUDADANOS JESUS ALBERTO CEBALLOS APARICIO Y YELITZA SORELYS PERAZA DELGADO
Resumen:
en consecuencia, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación en los mismos términos expresados por la parte demandante. Se ordena la devolución de los documentos originales consignados junto con el líbelo de la demanda y la suspensión de la medida, lo cual se proveerá en el cuaderno respectivo. Cúmplase. LA JUEZA PROVISORIA Abg. Gloria Mireya Armas Díaz. La Secretaria, Abog. Luisa Agüero. GMAD/gem.
Juez/Ponente:
Gloria Armas
Organo:
Juzgado Segundo De Primera Instancia En Lo Civil Y Mercantil
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N° Expediente : 1C.A-1228-06 N° Sentencia : Fecha: 16/02/2006
Procedimiento:
Audiencia Especial De Flagrancia
Partes:
FISCAL: 18º (AUX): ABOG. CARMEN RIOS PADILLA.-
Resumen:
éste Juzgado Primero en Función de Control. Sección Penal Responsabilidad del Adolescente. Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: Se califica la FLAGRANCIA, por considerar que los hechos expuestos por el representante del Ministerio Público, se corresponden a un delito en circunstancias de flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por aplicación supletoria de acuerdo a lo establecido en el artículo 537 de la LOPNA. En efecto la aprehensión se produce cuando funcionarios adscritos a la Comisaría de Palo Negro, Estado Aragua y le decomisan nueve envoltorios de presunta droga al adolescente presentado. En atención a lo solicitado por el Fiscal del Ministerio Público este Tribunal acuerda la desaplicación del procedimiento abreviado y se ordena continuar con la investigación de conformidad con lo estableci.....
Juez/Ponente:
Judith Antonieta San Martin de Castillo
Organo:
Tribunal Primero en Función de Control, LOPNA
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