Esta Corte de Apelaciones, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto con fundamento en lo dispuesto en el artículo 447, numerales 2, 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, por el ciudadano Defensor Privado LUIS RAFAEL REQUENA AREINAMO, inscrito en el Inpreabogado Nº 119.926 titular de la Cédula de Identidad Nº 16.142.383, en contra de la decisión dictada en fecha 24-08-2009, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal Nº NP01-P-2009-004082, mediante el cual dicto MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados LUÍS RAFAEL REQUENA AREINAMO, en su condición de Defensor de los imputados JOSE LOPEZ, CESAR ALEXANDER MILLAN LIVET, RICHARD PINTO Y HERVIS FRANCELIS SALAZAR, por la presunta comisión de los delitos de CONCUSIÓN EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el articulo 60 de la Ley Contra la Corrupción, USO INDEBIDO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en .....