En  mérito a lo antes expuesto,  este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la  Ley, declara  "CON LUGAR", la demanda que  por  DESALOJO, intentó  el ciudadano  CARLOS  ALBERTO  COSTA PIRES, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.239.428,  asistidos en este acto por el  abogado  AURA  MATILDE  ESLAVA  GARCIA,  Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.181,  en contra del ciudadano   RICHARD  RODRIGUEZ  GONCALVES,  titular de la cédula de identidad Nº V-12.854.664,  mayor de edad, y de este domicilio,  éste en su carácter de arrendatario,  del inmueble  de un inmueble ubicado  en el Barrio La  Cooperativa, Calle Principal, con Calle Florida Nro. 89, de esta ciudad de Maracay, Estado Aragua, el cual se encuentra dentro de los siguientes linderos: Norte: casa que es o fue.....