Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: INADMISIBLE LA PRESENTE ACCIÓN POR PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, presentada por el ciudadano: MANUEL JESUS PALACIOS, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V-13.612.439, debidamente asistido por el abogado: ELVIS ESCOBAR MAYORA, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 197.540, en contra de la ciudadana: BENITA JOSEFA GUEVARA, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° V-6.079.503. Así se decide.-