Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos MAXIMILIANO ANTONIO RODRIGUEZ RAMOS y SULEIMA GISELA GUERRA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, identificados con las cédulas de identidad Nº V-9.666.433 y V-7.274.223, respectivamente.
En consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído por ante la Prefectura Joaquín Crespo del Municipio Girardot, del Estado Aragua, bajo el acta Nº 67, tomo 01, Año 1.987, en fecha 28 de Enero de 1.987, bajo el acta N°67, Tomo 01, Año 1.987, de los libros de Matrimonio del año 1.987 llevados del por dicha Prefectura.