En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación de la parte actora contra la decisión del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, de fecha 02 de diciembre de dos mil trece (2013), la cual queda confirmada aunque con distinta motivación. SEGUNDO: Improcedente la impugnación de la parte actora contra los poderes consignados por el apoderado de la parte demandada en la audiencia preliminar, e improcedente igualmente, la solicitud de la parte actora respecto a la incomparecencia de la parte demandada a la audiencia preliminar, y en consecuencia, improcedente la solicitud de la declaratoria de admisión de los hechos. TERCERO: Se imponen las costa.....