D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por Desafecto, presentado por la ciudadana, MARIA DEL PILAR DIAZ PARDOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-4.418.205, con número telefónico 0414/137.39.21, y correo electrónico pilar.vielma@gmail.com, asistida en este acto por el abogado en ejercicio, GERARDO ENRIQUE OMAÑA VELAZCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 25.635, en contra del ciudadano, CESAR BENITO VIELMA MORENO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.115.112, con número telefónico 0414/137.19.51. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGA.....