IV.- DISPOSITIVA:
Por todos los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana DORIS MORALES, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-4.842.633, debidamente asistida por el Abogado RAMÓN ANÍBAL DIAZ, inscrito en el Inpreabogado Nº 79.252.
SEGUNDO: SE DECLARA NULO, el fallo dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, de fecha 28 de Octubre de 2008, que declaró lo siguiente: "...DECLARA INADMISIBLE, la solicitud de RECONOCIMIENTO DE INSTRUMENTO PRIVADO formulado por la ciudadana DORIS MORALES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-4.842.633, co.....